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Documento BORME-C-2018-6836

NH LAS PALMAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 7969 a 7969 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-6836

TEXTO

En la Junta General de Accionistas de NH Las Palmas, S.A. celebrada el 6 de junio de 2018 se acordó, por unanimidad de los socios presentes o representados, titulares conjuntamente del 99,656 % del capital social, aumentar el capital social por un importe nominal de hasta tres millones quinientos treinta y nueve mil euros con cincuenta y dos céntimos (3.539.000,52 €), sin prima de emisión, mediante la creación de 588.852 nuevas acciones nominativas, idénticas a las actualmente existentes, numeradas correlativamente de la 1.500.001 a la 2.088.852, ambas inclusive, de seis euros con un céntimo de euro (6,01 €) de valor nominal cada una de ellas y que contendrán todos los requisitos legales. El importe del nominal suscrito será satisfecho mediante aportaciones dinerarias que deberán desembolsarse íntegramente en el momento de la suscripción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, se ofrece a los actuales accionistas la posibilidad de ejercitar su derecho de preferencia, pudiendo suscribir las nuevas acciones sociales en proporción a la participación que les corresponda en función de su participación en la sociedad.

Se establece el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" para que, en su caso, los accionistas puedan suscribir el aumento de capital mediante comunicación dirigida al órgano de administración de la sociedad, a la que acompañarán certificación o resguardo acreditativo del ingreso del valor nominal de las acciones objeto de suscripción que le correspondan en concepto de ampliación de capital, en la cuenta número ES28 0182 2393 2100 0056 5566 que la sociedad tiene abierta en la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

De conformidad con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital, de manera que, si éste no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitada al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas dentro del correspondiente periodo de suscripción, quedando sin efecto en cuanto al resto quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el artículo 311.1 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de la ampliación de capital, se modificará el artículo 5.º de los Estatutos Sociales.

Madrid, 3 de agosto de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración, Jesús López Bragado.

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