Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-6840

CHOWPATTY, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 7976 a 7976 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-6840

TEXTO

Modificación estatutaria reducción capital

A los efectos de lo establecido en los artículos 319 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía, en su sesión celebrada el día 30 de julio de 2018, y, a propuesta del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 15 de junio de 2018, acordó, por unanimidad, el aumento del capital social en la cantidad de un millón novecientos mil ochocientos ochenta y tres con veintiséis céntimos de euro (1.900.883,26 €), con cargo a reservas de libre disposición mediante el aumento del valor nominal de todas las acciones en la cantidad de seis con treinta y dos (6,32 €) por cada acción, por lo que las mismas pasarán a tener un valor nominal de 16,32 euros.

Asimismo y, con posterioridad, la misma Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía acordó, por unanimidad, con el fin de dotar de mayor liquidez a la Sociedad y sin devolución de aportaciones a los socios, disminuir las cifras de capital social inicial y estatutario máximo, quedando, en consecuencia, el artículo 5 de los Estatutos Sociales con la siguiente redacción literal:

"Artículo 5. Capital social.

1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos mil dos con ochenta y ocho céntimos de euro (2.400.002,88 €), representado por ciento cuarenta y siete mil cincuenta y nueve (147.059) acciones nominativas, de dieciséis con treinta y dos(16,32 €) nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en veinticuatro millones veintiocho con ochenta céntimos de euro (24.000.028,80 €), representado por un millón cuatrocientas setenta mil quinientas noventa (1.470.590) acciones nominativas, de dieciséis con treinta y dos (16,32 €) nominales cada una.

3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general."

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, en el plazo de un mes a partir de la publicación del último de los anuncios de reducción de capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción acordada.

El presente acuerdo es adoptado con la finalidad de otorgar mayor liquidez a la Sociedad.

Madrid, 2 de agosto de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración, Juan Luis Gerbolés de Galdiz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid