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Oferta de asunción de nuevas participaciones.
Conforme al artículo 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los socios de Promocións Xerais Cruceiro, S.L., para que puedan ejercer su derecho de asunción preferente, que la Junta General Extraordinaria de la misma, de 2 de agosto de 2018, adoptó, por unanimidad, de los socios asistentes que suman el 66,66 % del capital presente y representado, entre otros el siguiente acuerdo:
1.º La emisión de 133.994 nuevas participaciones sociales dinerarias de 1,00 € de nominal cada una, sin prima de emisión, con los mismos derechos políticos y económicos que las anteriormente existentes por importe de 133.994,00 €. Para que todos los socios puedan ver garantizado su porcentaje de participación previo a la ampliación, los socios don Javier Devesa Suárez y don José Ángel Louzán Mariño renuncian a la adquisición preferente sobre 133.973 de las nuevas participaciones. Las participaciones serán desembolsadas íntegramente, en el momento de la suscripción. Los socios tendrán derecho de asunción preferente sobre las participaciones dinerarias conforme establecen los artículos 304 y 343 de la Ley de Sociedades de Capital, el cual podrán ejercitar durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio. Para ejercitar dicho derecho los socios deberán comunicar por escrito y de forma fehaciente al Órgano de Administración de la Sociedad su voluntad de suscribir las participaciones sociales emitidas, hasta los siguientes desembolsos máximos: Don Javier Devesa Suárez, siete participaciones, don José Ángel Louzán Mariño, siete participaciones y don Manuel Pérez Campos, 133.980 participaciones, asimismo deberán enviar un justificante del ingreso del desembolso que se realizará en la cuenta corriente abierta en la entidad Banco Sabadell sucursal de Xinzo de Limia, cuenta: ES79 0081 2229 1400 0104 6411. Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas a los socios que lo hubieran ejercitado, en el plazo de quince días siguientes a su conclusión. Si transcurrido este último plazo no se hubiera asumido la totalidad del capital, éste quedará ampliado en la cuantía desembolsada, quedando contemplada la posibilidad de aumento incompleto.
Xinzo de Limia, 7 de agosto de 2018.- Los Administradores, José Ángel Louzán Mariño y Javier Devesa Suárez.
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