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Documento BORME-C-2018-7325

SPRINTER MEGACENTROS DEL DEPORTE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SPORT ZONE ESPAÑA COMERCIO DE ARTÍCULOS DE DEPORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 183, páginas 8532 a 8532 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7325

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el 19 de septiembre de 2018, el socio único de Sprinter Megacentros del Deporte, Sociedad Limitada Unipersonal ("Sociedad absorbente") y el accionista único de Sport Zone España Comercio de Artículos de Deporte, Sociedad Anónima Unipersonal ("Sociedad absorbida"), ejerciendo las competencias de las juntas generales respectivas, decidieron aprobar la fusión por absorción de la Sociedad absorbida por la Sociedad absorbente.

Asiste a los socios, accionistas, acreedores y a los representantes de los trabajadores y/o trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión y, a los acreedores de cada una de dichas sociedades, el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Alicante, 19 de septiembre de 2018.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Sprinter Megacentros del Deporte, Sociedad Limitada Unipersonal, y Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Sport Zone España Comercio de Artículos de Deporte, Sociedad Anónima Unipersonal, Juan José Ruiz Villafranca.

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