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Conforme al artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se publica que el 14 de septiembre de 2018, la Junta General de Socios de Promoval, S.L. (la "Sociedad"), aprobó la escisión total de la sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación, "Capital Swing, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria 1") y "Activos Inmobiliarios GAB 2018, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria 2"), juntas, las "Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación", en los términos previstos en el proyecto de escisión de 15 de agosto de 2018.
La escisión total de la Sociedad implica su extinción sin liquidación y la constitución de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad a las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación conforme la distribución prevista en el proyecto de escisión, y la atribución de las participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación a los socios de la Sociedad, a prorrata de su participación en la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y el balance de escisión y el derecho de los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Cádiz, 14 de septiembre de 2018.- La Administradora única de Promoval, S.L., Rosario Soberado Llodra.
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