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Documento BORME-C-2018-900

INVERMAY, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TÍTULOS CUZCO, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 44, páginas 1066 a 1067 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-900

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas generales extraordinarias de accionistas de Invermay, SICAV, S.A. y Títulos Cuzco, SICAV, S.A., ambas celebradas en segunda convocatoria, el 16 de febrero de 2018 y el 20 de febrero de 2018, respectivamente, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de Títulos Cuzco, SICAV, S.A., que se disuelve sin liquidación, por Invermay, SICAV, S.A, que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se ha acordado conforme al proyecto común de fusión aprobado por los Consejos de Administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 12 de septiembre de 2017 en el caso de Invermay SICAV, S.A y 6 de septiembre de 2017 por parte del Consejo de Administración de Títulos Cuzco SICAV, S.A., el cual, previa la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 22 de noviembre de 2017, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 228, de 30 de noviembre de 2017, e insertado en la página web de la sociedad gestora de ambas sociedades intervinientes en la fusión, www.urquijogestion.com, el día 27 de noviembre de 2017.

La fusión resultó autorizada el 17 de noviembre de 2017 por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

La fusión se realiza tomando como Balances de fusión de las sociedades intervinientes los cerrados a 30 de junio de 2017 aprobados por las mencionadas Juntas generales de accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos Balances únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable se obtendrá a través del valor liquidativo de las acciones de las dos sociedades, calculado el día inmediatamente anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, de acuerdo con la normativa específica vigente en materia de sociedades de inversión de capital variable.

A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida Títulos Cuzco, SICAV, S.A., se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente Invermay, SICAV, S.A., será la del día del otorgamiento de la escritura pública.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por las juntas generales de accionistas y de los respectivos balances de fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de cualquiera de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la fusión.

Madrid, 21 de febrero de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración de Invermay, SICAV, S.A. y Títulos Cuzco, SICAV, S.A.

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