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Documento BORME-C-2018-9381

CARNS ROMEU, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SALVADOR RIPOLL, S.L.U.
PIERGA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 10890 a 10890 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-9381

TEXTO

Anuncio de fusión impropia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo de las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de fecha 24 de septiembre de 2018, de las compañías mercantiles Carns Romeu, S.L. (absorbente), Salvador Ripoll, S.L.U. (absorbida), y Pierga, S.L.U. (absorbida), aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción, mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las sociedades absorbidas a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de las mismas, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de dichas compañías, de fecha 30 de junio de 2018, que fue aprobado, por unanimidad, por los socios, constituidos en Junta General, respectivamente, de las tres entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2017, de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad, convenientemente auditado en cuanto a la Sociedad Absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas, están íntegramente participadas por la sociedad absorbente, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2018.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la L.M.E.

Gelida, 29 de octubre de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración de Carns Romeu, S.L., Pedro Romeu Juncosas.- El Administrador único de Salvador Ripoll, S.L.U. y Pierga, S.L.U., Pere Romeu Tubella.

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