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Documento BORME-C-2018-9441

BON REPÒS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BAR I RESTAURANT BON REPÒS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 10953 a 10953 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-9441

TEXTO

Anuncio Acuerdo de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) se hace público que las Juntas generales extraordinarias de Bon Repòs, S.L., y Bar i Restaurant Bon Repòs, S.L., celebradas el día 14 de diciembre de 2018, en ejercicio de sus competencias, decidieron aprobar (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) los respectivos balances de fusión y (iii) la operación de fusión en si misma (en los mismos términos y condiciones que los recogidos en el referido Proyecto Común de Fusión), de conformidad con lo previsto en el artículo 50.1 de la LME, en virtud de la cual Bon Repòs, S.L., absorbe a Bar i Restaurant Bon Repòs, S.L., quedando la Sociedad absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, incorporando todo su activo y pasivo a la Sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquella, no procede aumento de capital. Los estatutos sociales no se verán modificados.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances en sus respectivos domicilios sociales.

Asimismo, en los términos y plazos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la publicación del último anuncio de Fusión, podrán oponerse a la fusión los acreedores y, en su caso, obligacionistas de las sociedades intervinientes cuyo crédito hubiese nacido antes de la fecha de publicación de este anuncio y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

Barcelona, 14 de diciembre de 2018.- Bon Repòs, S.L., representada por el Presidente del Consejo de Administración, Valentí Prats Espar.- Bar i Restaurant Bon Repòs, S.L., representada por el Presidente del Consejo de Administración, Jordi Espar Gasset.

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