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Documento BORME-C-2018-9558

LLORENTE ELECTRICIDAD, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 11087 a 11087 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-9558

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), el Administrador Único de la entidad Llorente Electricidad, S.A. comunica que, en la Junta General Extraordinaria de la entidad, celebrada el 20 de diciembre de 2018, se adoptó el acuerdo de ampliar el capital social mediante aportaciones dinerarias con derecho de asunción preferente en favor de los accionistas en proporción a la participación de cada accionista en la sociedad.

La ampliación de capital acordada asciende a 300.506,05 euros, mediante la creación, emisión y puesta en circulación de 5.000 nuevas acciones, con un valor nominal de 60,10121 euros cada una.

Las acciones se crean por su valor nominal, sin prima de asunción de ningún tipo. Deben ser íntegramente desembolsadas mediante aportaciones dinerarias en el momento de la suscripción.

Las nuevas acciones otorgarán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las ya existentes, a partir de la fecha en que se inscriban en el Libro Registro de Acciones Nominativas.

Cada accionista, que no hubiera transmitido sus derechos de asunción preferente, antes de que finalice el plazo para ejercer dicho derecho de asunción en los términos estatutariamente recogidos, tiene derecho a asumir preferentemente un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posea. Dicho derecho de preferencia se ejercitará en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación en el BORME del presente anuncio.

Para ejercitar dicho derecho los accionistas deberán realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la entidad Banco Popular, IBAN ES1200751046100500031491, por la cantidad que corresponda, debiendo indicar en el concepto "ampliación de capital" y enviar un justificante de dicho ingreso al Administrador único de la entidad.

Se prevé expresamente, conforme al artículo 310 de la Ley de Sociedades de Capital la posibilidad de aumento incompleto.

Santander, 21 de diciembre de 2018.- El Administrador único, Juan José González Llorente.

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