Está Vd. en

Documento BORME-C-2018-978

SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL BAIX LLOBREGAT,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENT ESCINDIDA)
WINFOR-SIBAIX, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 1167 a 1167 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-978

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria de carácter Universal de la sociedad Sistemas Informáticos del Baix Llobregat, S.L., celebrada el día 11 de enero de 2018, acordó por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de la misma, mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio consistente en la Unidad de Negocio de Informática, a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación Winfor-Sibaix, S.L., adquiriendo esta por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, y adjudicado a los socios de la Sociedad parcialmente escindida las participaciones de la Sociedad beneficiaria correspondientes.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad parcialmente escindida Sistemas Informáticos del Baix Llobregat, S.L. reducirá su Capital Social y Reservas Voluntarias en la cuantía necesaria, modificando, si es necesario, los Estatutos Sociales de la entidad en lo relativo a la cifra de Capital Social.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad escindida, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78Bis de la LME, al atribuirse a los socios de la Sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la Sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de los administradores, ni el balance de escisión. No obstante, el Proyecto de Escisión Parcial aprobado incluye listado de los elementos del Activo y Pasivo que componen la Unidad de Negocio que se escinde a favor de la Sociedad beneficiaria de nueva creación Winfor-Sibaix, S.L.

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de Escisión Parcial adoptado, así como el derecho que les corresponde a oponerse a la escisión y reducción de capital planteada, y ello, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de Escisión Parcial.

Martorell, 2 de marzo de 2018.- Diego Cabrera Rodríguez, Administrador único.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid