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Documento BORME-C-2019-2488

IGENOMIX, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
IGENOMIX SPAIN LAB, S.L.U.
IGENOMIX R&D, S.L.U.
IGENOMIX PREECLAMPSIA, S.L.U.
ASHERMAN THERAPY, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 84, páginas 3028 a 3029 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2488

TEXTO

Anuncio de segregación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 26 de abril de 2019, la junta general extraordinaria de socios de IGENOMIX, S.L. (la "Sociedad"), ha aprobado la segregación de la Sociedad a favor de cuatro sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas: (i) IGENOMIX SPAIN LAB, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 1"), (ii) IGENOMIX R&D, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 2"), (iii) IGENOMIX PREECLAMPSIA, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 3"), y (iv) ASHERMAN THERAPY, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 4"); todo ello en los términos establecidos en cada uno de los cuatro proyectos de segregación, formulados y firmados por el consejo de administración de la Sociedad con fecha 14 de febrero de 2019.

La referida segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de:

(i) La parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de realización de servicios de diagnóstico y asesoramiento genético molecular, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 1 y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 1 a la Sociedad.

(ii) La parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental en biotecnología, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 2 y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 2 a la Sociedad.

(iii) La parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental relacionadas con la detección y tratamiento de la preeclampsia, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 3 y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 3 a la Sociedad.

(iv) La parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de investigación y desarrollo experimental relacionadas con la detección y tratamiento del síndrome de Asherman, así como todo tipo de enfermedades relacionadas, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 4 y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación 4 a la Sociedad.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. A los efectos oportunos se hace constar que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 bis de la LME, no se han elaborado balances de segregación.

Asimismo, se informa a los acreedores de la Sociedad, que podrán oponerse a la segregación descrita en el plazo y en los términos del artículo 44 de la LME.

Paterna (Valencia), 26 de abril de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Igenomix, S.L., Francisco Joaquín Churtichaga Gutiérrez.

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