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Documento BORME-C-2019-3089

ACERINOX, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 3722 a 3723 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-3089

TEXTO

Reducción de capital mediante amortización de acciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General de Accionistas de Acerinox, S.A., celebrada el día 11 de abril de 2019, se tomó el siguiente acuerdo:

"Reducir el capital social de Acerinox, S.A., en la cifra de 1.380.337,50 euros, mediante la amortización de 5.521.350 acciones propias que se encuentran en autocartera. Estas acciones han sido previamente adquiridas en base a la autorización que la Junta General de Accionistas celebrada el día 10 de junio de 2014 otorgó al Consejo, dentro de los límites previstos en los artículos 144 y siguientes y artículo 509 de la Ley de Sociedades de Capital, y dentro del Primer Programa de Recompra de acciones aprobado por el Consejo de Administración de Acerinox, S.A., celebrado el día 19 de diciembre de 2018 y publicado como Hecho Relevante en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en la página web de Acerinox, S.A., el día 20 de diciembre de 2018.

El Consejo de Administración de Acerinox, S.A., en su reunión celebrada el día 9 de mayo de 2019, en ejercicio de las facultades que le fueron concedidas en la Junta General celebrada el día 11 de abril de 2019, ha acordado ejecutar el acuerdo de reducción de capital por importe de 1.380.337,50 euros, mediante la amortización de 5.521.350 acciones propias.

La reducción de capital se realiza con cargo a la Reserva Voluntaria, anulándose, en el importe correspondiente, la reserva indisponible a que se refiere el artículo 148.c de la Ley de Sociedades de Capital, y procediéndose a la dotación de una reserva por capital amortizado por importe de 1.380.337,50 euros, (cantidad igual al valor nominal de las acciones amortizadas) de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el número 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.

La finalidad de esta reducción de capital social mediante amortización de acciones propias, es la de aumentar el valor de la participación de los accionistas en la Sociedad.

Esta reducción de capital mediante amortización de acciones propias, se llevará a cabo en el plazo máximo de un mes a contar desde la adopción de este acuerdo.

La reducción de capital no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Compañía la titular de las acciones amortizadas".

En consecuencia el artículo 5.º de los Estatutos sociales quedará redactado como sigue:

"Artículo 5. Capital. El Capital Social se fija en la cifra de euros (67.636.548,25 €) y está representado por 270.546.193 acciones ordinarias y de un valor nominal de veinticinco céntimos de euro cada una de ellas, numeradas correlativamente del uno al doscientos setenta millones quinientas cuarenta y seis mil ciento noventa y tres, inclusive.

Las acciones están totalmente suscritas y desembolsadas".

Madrid, 9 de mayo de 2019.- El Secretario del Consejo, Luis Gimeno Valledor.

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