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Documento BORME-C-2019-3205

BANKIA MEDIACIÓN OPERADOR
DE BANCA SEGUROS VINCULADO, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BMN MEDIACIÓN OPERADOR
DE BANCA-SEGUROS VINCULADO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 3862 a 3862 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-3205

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que Bankia, S.A., como socio único de BANKIA Mediación Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.U., y de BMN Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.U., adoptó con fecha 10 de mayo de 2019, mediante acta de consignación de decisiones de socio único, la decisión de aprobar la fusión de BANKIA Mediación Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.U. (sociedad absorbente), y BMN Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.U. (sociedad absorbida).

Dicha fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto común de fusión redactado y suscrito por los respectivos Órganos de Administración de las sociedades y por la citada acta de decisiones de socio único de Bankia, S.A., el 10 de mayo de 2019. Asimismo, se aprobó el Balance de Fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2018.

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52 apartado 1.º de la Ley 3/2009, supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que, absorbente y absorbida, son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio (art. 52.1 LME; fusión gemelar o entre "hermanas"). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley 3/2009, esta absorción se realiza mediante la integración de ambos patrimonios e implicará la extinción de BMN Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.U. (sociedad absorbida), y la transmisión en bloque de su patrimonio social a BANKIA Mediación Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.U. (sociedad absorbente), la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación de capital social ni ecuación de canje ni, en consecuencia, intervención de experto. Tampoco serán necesarios los informes de expertos sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 13 de mayo de 2019.- Don Antonio San Segundo Hernández, Administrador solidario de Bankia Mediación Operador de Banca Seguros Vinculado, S.A.U. .- Don Carmelo Ruiz Pérez, Administrador solidario de BMN Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.U.

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