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Documento BORME-C-2019-3406

BEKA FINANCE, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 4089 a 4089 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-3406

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que el 29 de abril de 2019 la Junta General Ordinaria y Extraordinaria Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A., acordó reducir el capital social y modificar en consecuencia el artículo 5.º de los Estatutos sociales.

En virtud del acuerdo cuarto del Acta de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A. y tras compensar las partidas de reserva legal y voluntarias en el importe necesario para dar debido cumplimiento al artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se acordó reducir el capital social en la cifra de 1.915.157,54 euros, esto es, desde la cuantía de 4.517.310,88 euros, hasta la cuantía de 2.602.153,34 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 353.744 acciones en las que se divide el capital social, de los 12,77 euros por acción a los 7,36 euros por acción. La finalidad de la reducción de capital es compensar las pérdidas de la Sociedad y restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad, disminuido como consecuencia de las pérdidas. Tras esta reducción de capital, los resultados negativos del presente ejercicio y de ejercicios anteriores, así como las reservas voluntarias de la Sociedad, quedaron reducidos a 0,00 euros. La reserva legal, por su parte, quedó reducida desde los 315.408,57 euros hasta los 260.215,33 euros. La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones en las que se divide el capital social de la Sociedad. Asimismo, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente reducción de capital.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que el balance de la Sociedad que sirve de base a la adopción del referido acuerdo de reducción es el correspondiente a los estados financieros cerrados a 31 de diciembre de 2018, verificados por el Auditor de cuentas de la Sociedad en ese ejercicio, Deloitte, S.L. y que ha sido aprobado por la Junta General Ordinaria y Extraordinaria Universal de accionistas de la Sociedad en su reunión de 29 de abril de 2019, previamente a la adopción del acuerdo de reducción de capital. Dicho Balance, junto con el informe de Auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

La reducción de capital quedó ejecutada en el mismo acto de la reunión de la Junta General. Como consecuencia del citado acuerdo de reducción, en virtud del acuerdo quinto del Acta de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria Universal de accionistas de BEKA FINANCE, S.V., S.A., se acordó, por unanimidad, modificar el artículo 5.º de los Estatutos sociales de la Sociedad, referido al capital social.

Madrid, 8 de mayo de 2019.- El Secretario no Consejero de la Sociedad, Luis Cazorla González-Serrano.

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