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Documento BORME-C-2019-4728

BENIMAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOCIONES EUROPEAS DE HOTELERÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 5591 a 5591 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4728

TEXTO

Fusión por absorción

Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las Sociedades "BENIMAR, S.L." (Sociedad absorbente) y "PROMOCIONES EUROPEAS DE HOTELERÍA, S.L." (Sociedad absorbida), celebradas ambas con el carácter de Universal en fecha 21 de mayo de 2019, adoptaron por unanimidad de todos sus socios los acuerdos de fusión mediante la absorción de "PROMOCIONES EUROPEAS DE HOTELERÍA, S.L." (Sociedad absorbida), con extinción por disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad absorbente "BENIMAR, S.L.", que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, ampliando su capital social, con subsiguiente modificación del artículo 5º de los Estatutos de la absorbente, en un nominal de 270.990,90 euros - mas una prima de emisión global de 2.798.357,46 euros-, mediante la creación de 4.509 participaciones sociales, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 25.351 al 29.859, ambos inclusive, que son suscritas, en cada caso, por los socios de la entidad absorbida en proporción a su participación en el capital social de la misma. Al ser adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime y en Juntas Generales Universales por todos los socios de la entidad absorbente y absorbida, es de aplicación a la presente fusión el artículo 42 de la Ley 3/2009.

El acuerdo de fusión por absorción de las entidades "BENIMAR, S.L." (Sociedad absorbente) y "PROMOCIONES EUROPEAS DE HOTELERÍA, S.L." (Sociedad absorbida), ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 06 de mayo de 2019 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, no habiendo sido necesario su depósito en el Registro Mercantil de Alicante, en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Igualmente, se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores, a ellos mismos y a los socios de las mercantil participantes en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada Entidad participante de la fusión, copia de los documentos de la misma a que se hace referencia en el artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Benidorm, 27 de mayo de 2019.- El Administrador único, José María Caballé Horta.

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