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Documento BORME-C-2019-4977

TRANSPORTES SOLAZO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EUROSOLAZ, S.A.
TANK-ALIMENT, S.L.
TGN TRACCION TRUCK, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 5878 a 5878 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4977

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que los socios por unanimidad de la sociedad Transportes Solazo, S.A., ejerciendo las competencias propias de la Junta General, han aprobado en fecha 1 de junio de 2019, la fusión por absorción, como sociedades íntegramente participadas, de Eurosolaz, S.A., Tank-Aliment, S.L., y TGN Traccion Truck, S.L. (Sociedades Absorbidas), por parte de Transportes Solazo, S.A. (sociedad absorbente), con la consecuente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la atribución del patrimonio íntegro a título universal, a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las mismas en los términos y condiciones del proyecto de fusión redactado por los administradores de las sociedades participantes en la fusión en fecha 1 de abril de 2019. Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por las compañías en fecha 31 de diciembre 2018.

La fusión se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, al encontrarse las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente. En consecuencia, no resulta necesaria para la fusión (I) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la Ley, (II) el aumento de capital social de la Sociedad Absorbente, ni (III) los informes de los administradores y expertos independientes.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME no procede la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado el acuerdo por unanimidad en junta universal por los socios de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y del balance de fusión, y a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de acuerdo de fusión por absorción.

Barcelona, 1 de junio de 2019.- Doña Elena Soravilla Perelló en calidad de Administradora única de la sociedad Transportes Solazo, S.A. (Sociedad Absorbente), y también, doña Elena Soravilla Perelló en calidad de Administradora única de Eurosolaz, S.A., Tank-Aliment, S.L., y TGN Traccion Truck, S.L. (Sociedades Absorbidas).

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