Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-5116

UNICARTERA GESTIÓN DE ACTIVOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
UNICARTERA RENTA, S.L.U.
UNIMEDITERRÁNEO DE INVERSIONES, S.L.U.
UNICARTERA CAJA 2, S.L.U.
UNICARTERA INTERNACIONAL, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 6039 a 6039 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5116

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las respectivas Juntas Generales de accionistas de "Unicartera Gestión de Activos, S.L.U." (Sociedad Absorbente), "Unicartera Renta, S.L.U." (Sociedad Absorbida), "Unimediterráneo de Inversiones, S.L.U." (Sociedad Absorbida), "Unicartera Caja 2, S.L.U." (Sociedad Absorbida), y "Unicartera Internacional, S.L.U." (Sociedad Absorbida), celebradas con el carácter de Ordinaria y Universal, con fecha 10 de junio de 2019, han decidido aprobar la fusión por absorción de "Unicartera Renta, S.L.U.", "Unimediterráneo de Inversiones, S.L.U.", "Unicartera Caja 2, S.L.U.", y "Unicartera Internacional, S.L.U.", mediante la integración del patrimonio social de éstas a favor de "Unicartera Gestión de Activos, S.L.U.", quien adquiere, por sucesión universal, la totalidad de sus derechos y obligaciones, en los mismos términos del proyecto común de fusión formulado y suscrito por los administradores de las cinco compañías con fecha 5 de junio de 2019.Al estar la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas íntegramente participadas de forma directa e indirecta por el mismo socio, "Unicaja Banco, S.A.", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 3/2009, se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, regulada por el artículo 49 de dicha ley. Por otra parte, dado que la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas han adoptado unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime previsto en el artículo 42 de la ley.La fusión sido aprobada sobre la base de los balances cerrados a 31 de marzo de 2019 de dichas sociedades y tanto el proyecto común de fusión, como los balances de la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas han sido aprobados por el socio único de la sociedad absorbente y por el socio único de cada una de las sociedades absorbidas, respectivamente.La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancias que conllevará la extinción de las mismas.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los Acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión aprobados, así como el derecho que asiste a los citados acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un (1) mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de este Acuerdo de fusión.

Málaga, 11 de junio de 2019.- El Administrador único, Miguel Ángel Troya Ropero.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid