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Documento BORME-C-2019-5149

LEISURE TRIP AND TRAVEL, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOTEL INVESTMENTS AND LEISURE, S.L. UNIPERSONAL
TENERIFE GESTIÓN HOTELERA, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 6076 a 6076 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5149

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 23 de mayo 2019, el Socio único de Leisure Trip and Travel, S.L. Unipersonal (Sociedad Absorbente), en ejercicio de sus competencias, ha decidido aprobar la fusión de la sociedad mediante la absorción de las sociedades Hotel Investments and Leisure, S.L. Unipersonal (sociedad absorbida), y Tenerife Gestión Hotelera, S.L. Unipersonal (sociedad absorbida). La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas.

Todo ello de conformidad con el Proyecto de Fusión suscrito por el Administrador único de las sociedades involucradas en el proceso de fusión y con el balance de fusión cerrado a 30 de abril de 2019.

A los efectos anteriores, conforme a lo establecido en el artículo 52.1, se pone de manifiesto que a la presente fusión gemelar le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Palma de Mallorca, 10 de junio de 2019.- El Administrador único de las tres sociedades, Javier Águila Llorens.

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