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Documento BORME-C-2019-5485

ASTURSANCAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALMACENES SEBAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 6489 a 6489 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5485

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo, LME) se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de las mercantiles Astursancar, S.L., y Almacenes Sebas, S.L., acordaron, el 22 de marzo de 2019, por unanimidad de todos sus socios aprobar la fusión por absorción de Astursancar, S.L. (sociedad absorbente), y Almacenes Sebas, S.L. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta, a titulo universal, en todos sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbida, según los términos acordados por la Junta General de la sociedad absorbente, todo ello de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión suscrito al efecto, de forma conjunta, por los administradores de las sociedades que participan en la fusión.

Como consecuencia de la fusión acordada es preciso aumentar el capital social en la sociedad absorbente en la cantidad de 2.187 euros.

Por tratarse de acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la LME, con la asistencia de todos los socios de las dos sociedades y por unanimidad, no son aplicables a estas operaciones las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en la LME, ni aquellas relativas a la información prevista en el artículo 39 de la misma Ley.

Asimismo, de conformidad con el mencionado artículo de la LME y demás normativa aplicable a esta operación, no se exige la emisión de informes de administradores y expertos independientes relativos a la fusión aprobada, si bien en el presente caso, los administradores de las sociedades participantes en el proceso de fusión han aprobado de forma conjunta el proyecto de fusión.

Se hace constar expresamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el presente proyecto de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en el presente proyecto de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, derecho que podrá ejercitarse por los mismos, dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos adoptados

Oviedo, 24 de junio de 2019.- El Administrador solidario de Astursancar, S.L., Santos Gerardo Castro Iglesias.

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