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Documento BORME-C-2019-5488

MARKET DREAMS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUTO CAPITAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
J TODA Y ASOCIADOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MARKET DREAMS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA RESULTANTE DE LA FUSIÓN ANTERIOR)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 6492 a 6492 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5488

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios la mercantil MARKET DREAMS, S.L. (Sociedad absorbente), aprobó el día 23 de mayo de 2019, la fusión impropia de las mercantiles MARKET DREAMS, S.L. (Sociedad absorbente), y AUTO CAPITAL, S.A.U. (Sociedad absorbida). Como consecuencia de dicho acuerdo se extingue y disuelve sin liquidación la sociedad absorbida, que transmite en bloque su patrimonio social a la sociedad absorbente que se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

Ese mismo día 23 de mayo de 2019, y a continuación de la decisión anterior, el socio único de la entidad J TODA Y ASOCIADOS, S.L.U., ejerciendo las funciones de la Junta general, así como la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la entidad MARKET DREAMS, S.L., aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de J TODA Y ASOCIADOS, S.L.U. (Sociedad absorbente), y MARKET DREAMS, S.L. (Sociedad absorbida resultante de la fusión anterior), con la extinción sin liquidación de dicha sociedad absorbida y transmisión en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la Sociedad absorbente.

Los acuerdos y decisiones anteriores se adoptaron en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y firmado por el Órgano de Administración de las sociedades intervinientes.

De acuerdo con la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades que participan en las fusiones a obtener el texto íntegro de los Acuerdos adoptado y de los Balances de Fusión, así como el de los acreedores de cada una de las Sociedades intervinientes de oponerse a los mencionados Acuerdos, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la citada LME durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de Fusión Impropia - Fusión por absorción.

Madrid, 23 de mayo de 2019.- Don Javier Toda Fernández actuando como Administrador único de la sociedad J Toda y Asociados, S.L.U., como representante persona física de J Toda y Asociados, S.L.U., sociedad administradora única de las mercantiles, Market Dreams, S.L., y Auto Capital, S.A.U.

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