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Documento BORME-C-2019-5762

EDIAGNOSTIC CLÍNICA VIRTUAL
DE ESPECIALIDADES MÉDICAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INTERNATIONAL TELEMEDICINE HOSPITAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 6812 a 6812 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5762

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el art. 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público el proyecto común de fusión de INTERNATIONAL TELEMEDICINE HOSPITAL, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida"), que será absorbida por EDIAGNOSTIC CLÍNICA VIRTUAL DE ESPECIALIDADES MÉDICAS, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), redactado y suscrito por los administradores únicos de cada una de las sociedades participantes, con fecha 25 de junio de 2019; fusión que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida. La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los artículos 49, 51 y 52 de la LME.

Asimismo, se hace constar (i) el derecho de los socios de la Sociedad Absorbente y de los acreedores de las sociedades que participan en la fusión de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades, los documentos indicados en los números 1.º y 4.º, y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º, del apartado 1 del artículo 39 de la LME, así como a obtener, en los términos previstos en el artículo 32 de la LME, la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos; y (ii) el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de la Sociedad Absorbente, a exigir la celebración de la Junta General para la aprobación de la fusión, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial a los administradores.

También, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

El proyecto de fusión está disponible en las páginas webs corporativas de las sociedades participantes en la fusión.

Barcelona, 25 de junio de 2019.- El Administrador único de la Sociedad Absorbente, Santiago de Torres Sanahuja.- El Administrador único de la Sociedad Absorbida, EDIAGNOSTIC CLÍNICA VIRTUAL DE ESPECIALIDADES MÉDICAS, S.L.U., debidamente representada por su representante persona física, Santiago de Torres Sanahuja.

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