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Documento BORME-C-2019-5807

INSTITUCIÓN TRES TORRES, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 6860 a 6860 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-5807

TEXTO

Anuncio de ampliación de capital.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que, el 26 de junio de 2019, la Junta General Ordinaria de Accionistas acordó ampliar el capital social fijado en 136.403 euros, en la cuantía de 1 euro, quedando fijado, en consecuencia, en la suma máxima de 136.404 euros, mediante la emisión de 1 acción ordinaria, nominativa, de 1 euro de valor nominal, con una prima de emisión de 11,25 euros, a suscribir y desembolsar con cargo a aportaciones dinerarias. Dicha acción otorgará los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes.

La acción emitida se ofrecerá a todos los accionistas de la Sociedad para que, en caso de desearlo, puedan ejercitar el derecho de suscripción preferente que les reconoce el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, estableciéndose en su caso el plazo de un mes para dicho ejercicio desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

La acción no suscrita en el período de suscripción preferente, podrá ser adjudicada libremente a accionistas de la sociedad o a nuevos accionistas por el Consejo de Administración en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de suscripción preferente.

El desembolso de la acción suscrita, esto es su valor nominal junto con la totalidad de la prima de emisión correspondiente, deberá efectuarse en efectivo metálico mediante ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad número ES73 2100 1143 4302 0000 3961, bajo el concepto "aportación de capital". Dicho desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización del plazo de un mes establecido para el ejercicio del derecho preferente, salvo si la acción fuera suscrita en ejercicio de la segunda ronda de suscripción, cuyo desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización del plazo de un mes establecido para dicho ejercicio.

En todo caso, el capital se ampliará en la cuantía desembolsada, puesto que se prevé expresamente la posibilidad de ampliación de capital incompleta de conformidad con el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 5 de julio de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, Gabriel Masfurroll Lacambra.

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