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Documento BORME-C-2019-5813

13TV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 6866 a 6867 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-5813

TEXTO

A los efectos de lo establecido en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se indica que el 28 de junio de 2019, en la calle Alfonso XI, número 4, Madrid, estando presentes accionistas que representan el 80,28% del total del capital social de la sociedad 13TV, S.A. (en adelante, la "Compañía"), se celebró Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, debidamente convocada por el órgano de administración de la Compañía mediante anuncio publicado en los diarios "Marca" y "El Mundo", el día 27 de mayo de 2019, y, en fecha 28 de mayo de 2019, en Boletín Oficial del Registro Mercantil, con 30 días de antelación a la celebración de la misma, cumpliendo así con todos los requisitos legales y estatutarios; adoptándose, por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe literalmente:

Cuarto. Reducción de capital de la sociedad y correspondiente modificación, en su caso, de los estatutos sociales.

Con el objeto de restablecer el equilibrio patrimonial entre el capital social y el patrimonio neto de la Compañía disminuido por consecuencia de pérdidas, y tomando en cuenta el informe del Consejo de Administración de la Compañía emitido a los efectos del artículo 286 LSC, copia del cual se adjunta como Anexo II, se decide reducir el capital social de 13TV.

En primer lugar, con carácter previo a la reducción del capital, y en cumplimiento del artículo 322.2 LSC, se procederá a compensar 33.621.309 euros de los 61.634.775 euros contabilizados en la cuenta de "Resultados negativos de ejercicios anteriores" mediante la aplicación de la totalidad de la prima de emisión, que asciende a 33.621.309 euros.

En segundo lugar, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y patrimonio neto de la Compañía disminuido por pérdidas, se decide reducir el capital social de la Compañía en la cantidad de veintiocho millones doce mil setecientos treinta y dos euros con veinte céntimos de euro (28.012.732,20), mediante la disminución del valor nominal de cada una de las acciones, que pasarán de un valor nominal de treinta (30) euros a un valor nominal de tres euros con treinta céntimos (3,30), quedando fijado el capital social de la Compañía en la cantidad de tres millones cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta y siete euros con ochenta céntimos (3.462.247,80).

A los efectos de lo establecido en el artículo 323 LSC, se indica que el balance de la Compañía que sirve de base a la adopción del presente acuerdo se aprueba por unanimidad de los Accionistas en esta Junta General y se adjunta a la presente acta, junto con el informe de auditoría, como anexo III.

Se hace constar, en relación con lo establecido en el artículo 322.2 LSC, que en el momento de adoptar el acuerdo de disminución del valor nominal de las acciones de la Compañía con la finalidad de compensar pérdidas, la Compañía no cuenta con ninguna clase de reservas voluntarias.

Al efecto de que se lleven a cabo los acuerdos de reducción de capital aquí referidos, se determina que la fecha en que se efectuará la reducción del capital mediante la disminución del valor nominal de las acciones tendrá efectos contables desde el mismo día de hoy en que la Junta General ha aprobado los acuerdos, con lo que la reducción de capital queda ejecutada en este acto puesto que, entre otros aspectos, conforme al artículo 335.a) LSC, no existe derecho de oposición de los acreedores al acuerdo de reducción de capital adoptado.

Debido a la finalidad de la reducción del capital social, se hace constar que no procede el reembolso o abono de cantidad a ninguno de los Accionistas, así como tampoco la condonación de la obligación de realizar aportaciones pendientes por los Accionistas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 319 LSC, el acuerdo de reducción de capital se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia en que la Sociedad tiene su domicilio.

Por último, se indica que, tras la reducción referida de la prima de emisión y del capital social, los resultados negativos de ejercicios anteriores quedan disminuidos a 733,80 euros.

Como consecuencia de lo anterior queda modificado el artículo quinto de los estatutos sociales de la Compañía, que pasará a tener la siguiente redacción:

"Artículo 5.º - El capital social se fija en la cantidad de tres millones cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta y siete euros con ochenta céntimos (3.462.247,80), y está representado por 1.049.166 acciones nominativas, de la misma clase y serie, y con los mismos derechos, de 3,30 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 1.049.166, ambos inclusive, enteramente suscritas y totalmente desembolsadas.".

Madrid, 3 de julio de 2019.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Emilio Prieto Bedoya.

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