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Documento BORME-C-2019-6353

DAVA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE Y SOCIEDAD SEGREGADA)
DAVASA AUTOMOCIÓN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL)
FERAGRO SUMINISTRO INDUSTRIAL, S.L.U.
DAVATERM, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 7492 a 7493 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6353

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 19 de junio de 2019, la junta general ordinaria de accionistas de Dava, S.A. (la "Sociedad") y el socio único de Davaterm, S.L.U. y Feragro Suministro Industrial, S.L.U., aprobaron (i) la escisión parcial de una rama de actividad de la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, Davasa Automoción, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación"), así como (ii) la segregación de dos unidades económicas de la Sociedad, una a favor de Davaterm, S.L.U., y otra a favor de Feragro Suministro Industrial, S.L.U., ambas ya existentes (las "Sociedades Beneficiarias de las Segregaciones"), todo ello en los términos establecidos en el proyecto de escisión de fecha 21 de marzo de 2019, depositado en el Registro Mercantil de Murcia.

La escisión parcial implica (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad, constitutiva de una unidad económica, dedicada a la actividad de investigación, fabricación, adquisición, distribución, instalación y reparación y venta de recambios y accesorios para vehículos de cualquier tipo, y a la organización de actividades de formación para mecánicos o talleres de automoción, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación; (ii) la atribución de las acciones de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación a los accionistas de la Sociedad en la proporción en que participan en ésta, y (iii) la reducción del capital social mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones en TREINTA Y TRES EUROS (33,00 €) cada una de ellas, por lo que el capital social ha quedado fijado en CUATRO MILLONES SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS (4.006.236,00 €).

Por su parte, las segregaciones implican (i) el traspaso en bloque, por sucesión universal, de las partes del patrimonio de la Sociedad, constitutivas, cada una de ellas, de unidades económicas independientes dedicadas a las actividades de, por un lado, la investigación, fabricación, adquisición, distribución, venta, instalación y reparación de aparatos de calefacción, de refrigeración, de producción de agua caliente sanitaria, electrodomésticos y aire acondicionado; así como de sus recambios, componentes y accesorios ("Unidad Económica de Termotecnia"); y, por otro lado, a la investigación, fabricación, adquisición, distribución, venta, instalación y reparación de maquinaria, herramientas y material diverso para la industria, construcción, comercio, la agricultura y la navegación; así como de sus recambios, componentes, accesorios y lubricantes ("Unidad Económica de Suministro de Industria"), constitutivas, cada una de ellas, de una unidad económica, a favor de Davaterm, S.L.U. y Feragro Suministro Industrial, S.L.U., respectivamente, y (ii) la atribución de las participaciones sociales que resulten de los aumentos de capital proyectados en cada una de las Sociedades Beneficiarias de las Segregaciones a la Sociedad.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de la Sociedad y de las Sociedades Beneficiarias de las Segregaciones a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión parcial y segregaciones adoptados, así como los balances de cada una de las sociedades intervinientes en las operaciones acordadas.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad y de las Sociedades Beneficiarias de las Segregaciones de oponerse a las escisiones en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Murcia, 30 de julio de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Dava, S.A , José Porras Sáez, Administrador solidario de Davaterm, S.L.U. y Feragro Suministro Industrial, S.L.U. Antonio Martínez Diego.

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