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Documento BORME-C-2019-6578

BAYAMM REAL STATE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BAYAMM ESPAGNE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 7746 a 7746 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6578

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las mercantiles BAYAMM REAL STATE SERVICES, S.L., domiciliada en Tarragona, Rambla Nova n.º 111, con CIF B-66.188.863, inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, al tomo 3.022, folio 12, hoja T51581, y BAYAMM ESPAGNE, S.L., domiciliada en Tarragona, Rambla Nova, n.º 111, con CIF B-66.188.855, inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona, al tomo 3.022, folio 3, hoja T51580, celebradas el día 2 de agosto de 2019 han acordado la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida, la mercantil BAYAMM ESPAGNE, S.L., con extinción sin liquidación de la misma a favor de la absorbente, la mercantil BAYAMM REAL STATE SERVICES, S.L., que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes en la misma, con ampliación de capital social y correspondiente modificación estatutaria en la sociedad absorbente en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 15 de julio de 2019 por el órgano de Administración de cada una de dichas compañías, que fue aprobado por unanimidad en la Junta Universal de socios, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 30 de junio de 2019 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de julio de 2019, como fecha de eficacia contable de dicha operación.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Tarragona, 2 de agosto de 2019.- David Espallargas Pascual, Administrador único de la mercantil Bayamm Real State Services, S.L..- David Espallargas Pascual, Administrador único de la mercantil Bayamm Espagne, S.L.

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