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Documento BORME-C-2019-6623

JOSÉ MARÍA CABALLERO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 7799 a 7799 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-6623

TEXTO

Reducción de Capital para devolución de aportaciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 TRLSC, se hace público:

1.º Que con fecha 26 de julio de 2019, se celebró en San Javier, Junta General Universal Extraordinaria de accionistas de la sociedad, previamente aceptada por toda su celebración, en la que se aceptaron como puntos del Orden del día los siguientes:

- Reducción de Capital Social y modificación del/los artículos/s de los estatutos relativo/s a dicho Capital.

A la Junta asistieron, personalmente o debidamente representados, todos los accionistas que titulan la totalidad del capital social de la sociedad y que constan en la lista correspondiente, que figura al comienzo del acta, quienes la firmaron a continuación del Orden del día.

2.º Que la Junta citada adoptó, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Reducir el Capital Social, en la suma de ciento veinte mil doscientos dos euros con cuarenta y dos céntimos (120.202,42 €), mediante la amortización de dos mil (2.000) acciones, que son las señaladas con los números 476 al 531, ambos inclusive; 1.345 al 1.400, ambos inclusive; 2.331 al 2.555, ambos inclusive; 3.333 al 3.500, ambos inclusive; 6.196 al 7.000, ambos inclusive y 9.311 al 10.000, ambos inclusive.

La reducción de capital tiene por finalidad la devolución de aportaciones a los socios.

Como consecuencia de la reducción de capital se modifica el artículo 5 de los estatutos sociales que pasa a tener la siguiente redacción:

"Artículo 5.- Capital Social.

El capital social se fija en la cantidad de cuatrocientos ochenta mil ochocientos nueve euros y sesenta y ocho céntimos (480.809,68 €), representado por ocho mil (8.000) acciones nominativas, de 60,10121 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del uno al ocho mil (8.000), ambos inclusive, totalmente desembolsadas".

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital.

San Javier, 7 de agosto de 2019.- El Administrador solidario, Pedro J. Caballero Castejón.

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