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La rama de actividad objeto de traspaso es la relativa a la actividad de transmisión de datos desde y/o a través de sistemas informáticos de controles de calidad, auditorías, gestión de incidencias, planes de control, análisis modal de fallos y efectos, gestión de recursos o instrumentos de evaluación de proveedores en el sector industrial y/o similares.
Tratándose KAPTURE INTELLIGENCE, S.L., de una sociedad íntegramente participada por TECNOMATRIX BCN, S.L., es aplicable a la segregación el régimen simplificado establecido en el artículo 49.1 LME, por remisión de los artículos 73.1 y 52.1 LME. En consecuencia, tal y como se expone en el proyecto de segregación, no resultan necesarios (i) la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de segregación, (iii) el aumento de capital de la sociedad beneficiaria, ni (iv) la aprobación de la segregación por la Junta General de la sociedad segregada.
En aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis LME, la segregación se realiza sin la necesidad de informe de expertos independientes, ni de informe de los administradores, ni de balance de segregación. No obstante, la segregación se lleva a cabo tomando como base el balance de la sociedad segregada cerrado a fecha 31 de julio de 2019, aprobado por la Junta Universal celebrada en esa misma fecha, incluyéndose en el proyecto de segregación dicho balance, a pesar de no ser preceptivo, y el listado de los elementos del activo y pasivo que componen la unidad económica autónoma que se segrega a favor de la sociedad beneficiaria, así como también los Estatutos Sociales de ésta.
Asimismo, se deja constancia que se ha puesto a disposición de los trabajadores de la sociedad segregada el proyecto de segregación y las Cuentas Anuales de la sociedad segregada de los tres últimos, y que han sido informados de la identidad de la administradora única de la sociedad segregada, de la fecha desde la que desempeña dicho cargo y de los mismos extremos en referencia a las personas que serán propuestas como administradoras de la sociedad beneficiaria de la segregación.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de TECNOMATRIX BCN, S.L., a obtener el texto íntegro del proyecto de segregación, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la misma, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de la segregación.
Lliçà de Vall, 2 de octubre de 2019.- La Administradora única, María Lourdes Foix Sauret.
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