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Documento BORME-C-2019-8251

COMECO IMPRESIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRINTOLID, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 9612 a 9612 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8251

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que el Socio Único de "Comeco, S.L.U., (Sociedad Absorbente), y ésta última como Socio Único de "Printolid S.L.U." (Sociedad Absorbida), han acordado con fecha 11 de noviembre de 2019, la fusión por absorción de "Comeco, S.L.U." como Sociedad Absorbente y de "Printolid, S.L.U." como Sociedad Absorbida, con extinción sin liquidación de esta última y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que lo adquirirá por sucesión universal conforme a los términos y condiciones del Proyecto Común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

En tanto que la Sociedad Absorbente es titular directa de todas las participaciones en que se divide el capital social de la Absorbida, la fusión por absorción se ha efectuado de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en virtud del cual, no se necesitan los informes de administradores y de expertos independientes sobre el proyecto de fusión, ni es necesario el aumento de capital de la Sociedad Absorbente.

No procede tampoco el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo por el Socio Único de la Sociedad Absorbente, y por el Socio Único de la Sociedad Absorbida.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Zamudio (Vizcaya), 12 de noviembre de 2019.- Un Administrador solidario de la Sociedad Absorbente y los Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbida, Iñaki Arechabaleta Torrontegui, D. Luis Iparraguirre Ovejero y D. Fernando Gil López.

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