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De conformidad con lo dispuesto en el articulo 43.1 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades "Exclusives Tot Color, S.A." y "Distribuidora de Pintures Dos 6 Dos, S.L.U.", celebradas con carácter universal, se acordó, por unanimidad, la fusión de las sociedades, mediante la absorción de la sociedad "Distribuidora de Pintures Dos 6 Dos, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por parte de "Exclusives Tot Color, S.A." (Sociedad Absorbente), mediante la disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque de la totalidad de su patrimonio a título universal a la Sociedad absorbente, todo ello de conformidad con los términos del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de ambas sociedades.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades que forman parte de la operación de fusión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de Fusión. Asimismo, los acreedores de las indicadas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren les perjudican, en el término de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Palol de Revardit, 15 de febrero de 2019.- El Administrador único, Amador Morales Gongora.
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