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Documento BORME-C-2019-8384

VITALIA HOME, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VITALIA ANDALUS, S.L.U.
VITALIA AZAHAR, S.L.U.
VITALIA ASSDE, S.L.U.
VITALIA VIDEGA, S.L.U.
VITALIA LA CAMPANA, S.L.U.
VITALIA AUGUSTA, S.L.U
VITALIA PLAZA, S.L.U.
PABMAR SERVICIOS SOCIALES, S.L.U.
GERIATRÍA ALMERÍA LEVANTE, S.L.U.
VITALIA PIRINEOS, S.L.U.
VITALIA CARIÑENA, S.L.U.
VITALIA PAULES, S.L.U.
VITALIA TURIA, S.L.U.
RESIDENCIAS SOLYVIDA, S.L.U.
RESIDENCIA SOLYVIDA CIFUENTES, S.L.U.
RESIDENCIA SOLYVIDA SANCLEMENTE, S.L.U.
VITALIA BILBILIS, S.L.U.
RESIDENCIA JARDÍN NUESTRA SEÑORA MARÍA AUXILIADORA, S.L.U.
RESIDENCIA TERCERA EDAD EL CASTILLO, S.L.U.
VITALIA ANETO, S.L.U.
OZM ASISTENCIAL MONTELLANO, S.L.U.
VITALIA GENIL, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 9761 a 9762 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8384

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en fecha 13 de noviembre de 2019, VITALIA PLUS, S.A., socio único de VITALIA HOME, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y que a su vez es titular, directa o indirectamente, de la totalidad del capital social de Vitalia Andalus, S.L.U., Vitalia Azahar, S.L.U., Vitalia Assde, S.L.U., Vitalia Videga, S.L.U., Vitalia La Campana, S.L.U., Vitalia Augusta, S.L.U, Vitalia Plaza, S.L.U., Pabmar Servicios Sociales, S.L.U., Geriatría Almería Levante, S.L.U., Vitalia Pirineos, S.L.U., Vitalia Cariñena, S.L.U., Vitalia Paules, S.L.U., Vitalia Turia, S.L.U., Residencias Solyvida, S.L.U., Residencia Solyvida Cifuentes, S.L.U., Residencia Solyvida Sanclemente, S.L.U., Vitalia Bilbilis, S.L.U., Residencia Jardín Nuestra Señora María Auxiliadora, S.L.U., Residencia Tercera Edad El Castillo, S.L.U., Vitalia Aneto, S.L.U., OZM Asistencial Montellano, S.L.U., Vitalia Genil, S.L.U. (las Sociedades Absorbidas) ha aprobado la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión a título universal del patrimonio de las primeras a esta última y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas. Se hace constar que se trata de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas (directa o indirectamente) por el mismo socio, VITALIA PLUS, S.A.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas con fecha 29 de junio de 2019, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 49 y 52 de la LME.

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por el Socio Único de la Sociedad Absorbente (VITALIA PLUS, S.A.) y no siendo necesario (conforme a los artículos 49 y 52 de la LME) la aprobación de la fusión por las Sociedades Absorbidas, el acuerdo de fusión pudo adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios/accionistas y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.

Durante el plazo de un mes, a computar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Zaragoza, 13 de noviembre de 2019.- D. José María Cosculluela Salinas, en su condición (i) de representante persona física de VITALIA PLUS, S.A., Administrador único de Vitalia Home, S.L.U., Vitalia Andalus, S.L.U., Vitalia Azahar, S.L.U., Vitalia Assde, S.L.U., Vitalia Videga, S.L.U., Vitalia La Campana, S.L.U., Vitalia Augusta, S.L.U, Vitalia Plaza, S.L.U., Pabmar Servicios Sociales, S.L.U., Geriatría Almería Levante, S.L.U., Vitalia Pirineos, S.L.U., Vitalia Cariñena, S.L.U., Vitalia Paules, S.L.U., Vitalia Turia, S.L.U., Vitalia Bilbilis, S.L.U., Residencia Jardín Nuestra Señora María Auxiliadora, S.L.U., Residencia Tercera Edad El Castillo, S.L.U., Vitalia Aneto, S.L.U., OZM Asistencial Montellano, S.L.U., Vitalia Genil, S.L.U, Así como (ii) de Administrador único de Residencias Solyvida, S.L.U., Residencias Solyvida Cifuentes, S.L.U., Residencias Solyvida Sanclemente, S.L.U.

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