Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-8568

AUTO TERMINAL, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 9963 a 9963 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-8568

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, "LSC"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad mercantil "AUTO TERMINAL, S.A." (en adelante, la "Sociedad"), con domicilio social en 08039 Barcelona, Ronda del Port, número 599, provista de CIF A-59.140.764, celebrada el día 25 de septiembre de 2019 acordó, por unanimidad, bajo el punto primero del orden del día, una reducción de capital social de la Sociedad por importe de 72.120 euros mediante la amortización de 1.200 acciones propias en autocartera, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, números 58.801 a 60.000, ambas inclusive, representativas del 2% del capital social.

Como consecuencia de lo anterior, la cifra de capital social de la Sociedad ha quedado fijada en 3.533.880 euros, representada por 58.800 acciones de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, habiéndose dado una nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos Sociales de la Sociedad para reflejar la nueva cifra de capital social y el número de acciones resultante de la ejecución de la reducción.

Las acciones amortizadas fueron adquiridas previamente por la Sociedad en virtud de escritura de compraventa de acciones de fecha 10 de julio de 2012, autorizada por el Notario de Barcelona, don Diego de Dueñas Álvarez, bajo el número 1.031 de su protocolo y al amparo de la autorización para la adquisición de acciones propias conferida por Junta General de Accionistas en fecha 4 de junio de 2012, de conformidad y dentro de los límites previstos en el artículo 146 de la LSC.

La reducción de capital se ha realizado con cargo a reservas de libre disposición y, de conformidad con lo previsto en el apartado c) del artículo 335 de la LSC, se ha dotado la correspondiente reserva por importe del valor nominal de las acciones propias amortizadas, de la que sólo es posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social. De acuerdo con el citado artículo, los acreedores de la Sociedad no pueden oponerse a la misma.

Dado que las acciones a amortizar son titularidad de la Sociedad, la reducción de capital no implica la devolución de aportaciones para los accionistas.

La reducción de capital quedó ejecutada en el mismo acto de su aprobación por la Junta General de Accionistas.

Barcelona, 11 de noviembre de 2019.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Laia Colomé Martí.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid