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Documento BORME-C-2019-9045

LORO PARQUE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 10488 a 10488 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9045

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se comunica que en la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la compañía "LORO PARQUE, S.A.", celebrada el día 1 de julio de 2019, en el domicilio social, se acordó reducir el capital mediante la amortización de 40 acciones propias representativas del 4,00 por 100 del capital social, mediante la adopción de un acuerdo con los siguientes términos:

Reducir el capital social mediante la amortización de 960 acciones propias en auto cartera, representativas de aprox. 4,00 % del capital social con un valor nominal cada una de ellas de 570,96150 €, adquiridas, en base a lo establecido en la Junta General de accionistas celebrada el 25 de Mayo de 2001 y dentro de los límites previstos en la legislación vigente en ese momento.

En consecuencia, ejecutado el acuerdo de reducción de capital, el artículo 5 de los Estatutos sociales quedará modificado, pasando a tener la siguiente redacción:

"Artículo 5.°-El Capital social se fija en la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTITRES CON CERO CUATRO CENTIMOS DE EURO (548.123,04 €), dividido en NOVECIENTAS SESENTA (960) acciones nominativas de una sola clase y serie, numeradas correlativamente del 1 al 960, ambas inclusive, de 570,96150 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas."

La reducción de capital se realizará con cargo a reservas voluntarias. La reducción no entraña la devolución de aportaciones por ser la propia Compañía la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la reducción es amortizar las acciones propias.

Con el objeto de no aplicar el derecho de oposición que se contempla en el artículo 334 de la LSC y en aplicación del artículo 335 del mismo Texto legal, se procede a dotar una reserva por capital amortizado por importe de 22.838,46 €, cantidad igual al importe del valor nominal de las acciones amortizadas, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos para la reducción de capital social. En consecuencia, conforme a lo señalado en el referido artículo, los acreedores no tendrán el derecho de oposición establecido en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

Asimismo, se faculta en la Junta general de accionistas a Don Jaime Celso Rodriguez Cie, Secretario del Consejo de Administración de la sociedad, para que en nombre y representación de esta, y con expresa dispensa de auto-contratación, multi representación y conflicto de interés, comparezca ante Notario y elevara a público el acuerdo referido de reducción de capital previamente señalado.

Puerto de la Cruz, 1 de julio de 2019.- El Presidente, Wolfgang Friedrich Kiessling.

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