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Documento BORME-C-2019-9387

GRÚAS Y TRANSPORTES IBARRONDO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 10889 a 10889 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9387

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que en la Junta general ordinaria de la entidad, celebrada el 9 de septiembre de 2019, se adoptó, entre otros, el acuerdo de ampliar el capital social de la compañía en la cifra de 250.016 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 41.600 nuevas acciones, acumulables e indivisibles, y con igual contenido en derechos que las ahora existentes, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, en los siguientes términos:

1. Las nuevas acciones creadas se emiten sin prima de emisión, el valor nominal de las nuevas acciones deberán ser íntegramente desembolsados en las aportaciones dinerarias correspondientes, que se efectuarán mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número ES93 2095 0564 79 2068600006, abierta a nombre de la Sociedad en la entidad bancaria Kutxabank, debiendo indicar el concepto de "ampliación de capital", y enviar un justificante al Órgano de Administración de la Compañía..

2. De conformidad con lo regulado en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, cada socio tendrá derecho a asumir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posea en la actualidad.

3. El plazo para el ejercicio del derecho de preferencia por parte de los socios, de conformidad con lo anteriormente expuesto, será de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio de oferta de asunción de las nuevas participaciones en el BORME.

4. Finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de adquisición preferente por los socios, las acciones no asumidas por los mismos, serán ofrecidas por el Órgano de Administración a los socios que lo hubieran ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo no superior a quince (15) días, desde la conclusión del plazo establecido para el ejercicio de asunción preferente. Caso de existir varios socios interesados en asumir las acciones ofrecidas, se adjudicarán a los socios en proporción a las que cada uno de ellos tuviera en la sociedad.

5. En el caso de que el aumento de capital no se desembolsara completamente, dentro del proceso y plazos establecidos, el capital social quedará aumentado en la cuantía efectivamente desembolsada.

6. Asimismo, se acordó facultar expresamente al Órgano de Administración para dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales, en la cuantía efectivamente desembolsada.

Erandio, 25 de noviembre de 2019.- El Administrador solidario, Mikel Ibarrondo Ortiz.

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