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Documento BORME-C-2020-33

EVONIK ESPAÑA Y PORTUGAL, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD SEGREGADA)
GRANOLLERS QUÍMICA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 34 a 34 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-33

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que, el 1 de enero de 2020 el accionista único de la Sociedad Escindida y la socia única de la Sociedad Beneficiaria, ejerciendo respectivamente las funciones de las correspondientes juntas generales de socios de las sociedades intervinientes, decidieron la segregación de la Sociedad Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria.

Asiste al accionista único de la Sociedad Segregada y a la socia única de la Sociedad Beneficiaria, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las Sociedades participantes en la segregación el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de segregación; y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la segregación, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.

Barcelona, 2 de enero de 2020.- El Administrador único de Evonik España y Portugal, Sociedad Anónima Unipersonal y de Granollers Química, Sociedad Limitada Unipersonal, Juan Carlos Guzmán Roberto.

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