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Documento BORME-C-2020-3301

AVANZA EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 4151 a 4152 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-3301

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en la Junta General Ordinaria de Avanza Externalización de Servicios, S.A., celebrada en el domicilio social, el día 9 de junio de 2020, se aprobó el siguiente acuerdo:

"Reducción de capital por adquisición de acciones propias. Votación por separado a los efectos del art.329 de la Ley de Sociedades de capital.

Se acuerda la reducción del capital social, actualmente fijado en 1.270.393 €, en la cuantía de doce mil quinientos Euros (12.500 €), mediante la amortización de 12.500 acciones de la Sociedad, de un (1,00 €) euro de valor nominal cada una, numeradas de la 1.257.894 a la 1.270.393, ambas inclusive, representativas del 0,98% del capital social de AVANZA, que son adquiridas al Sr. Francisco Javier García Pellejero, mayor de edad, de nacionalidad española, casado, con domicilio en San Fernando de Henares, 28830, Madrid, Avenida de Castilla, número 2, Edificio Canadá, y con DNI número 30572897-D, para su amortización.

Una vez ejecutada la reducción de capital según el procedimiento que se describe a continuación, se procederá a la modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales de Avanza Externalización de Servicios, S.A., a fin de que refleje la nueva cifra de capital y el nuevo número de acciones en circulación, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 5.- Capital social. El capital social es de un millón doscientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa y tres Euros (1.257.893 €), representado por 1.257.893 acciones nominativas, de un euro (1,00 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.257.893, ambos inclusive, de la misma clase y serie, las cuales se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas."

El procedimiento para la adquisición de las acciones que serán amortizadas mediante reducción de capital es el siguiente:

La reducción de capital se realiza mediante devolución de las aportaciones al accionista, el sr. Francisco Javier García Pellejero, por importe de 75.000 €, con un valor nominal de 12.500 € y una prima total de 62.500 €, a razón de 6,00 Euros por acción, y será abonado por la Sociedad en el momento de la ejecución del acuerdo, mediante transferencia a la cuenta corriente que el accionista transmitente indique a la Sociedad, sin que se devenguen intereses a favor del accionista transmitente como consecuencia del referido pago aplazado, con cargo a reservas voluntarias o de libre disposición.

Asimismo, se realiza la dotación de una reserva indisponible de 12.500 euros, que se corresponde con el importe del valor nominal de las acciones amortizadas. Dicha reserva sólo será disponible cuando se cumplan los requisitos exigidos para la reducción de capital social, conforme a lo previsto en el artículo 335.c) de la LSC. De acuerdo con dicho artículo, los acreedores de la Sociedad no dispondrán del derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la LSC.

La elevación a público del presente acuerdo y la ejecución del mismo no podrán llevarse a cabo, hasta que transcurra el periodo de un mes a contar desde la última publicación del presente acuerdo de Reducción de capital en la página web de la Sociedad y en el BORME.

Debido a que la Reducción de capital no afecta a todas las acciones, se adopta el acuerdo siguiendo los requisitos establecidos en el artículo 329 de la LSC y el procedimiento del artículo 293 de la LSC, mediante dos votaciones separadas: (i) votación del sr. Francisco Javier Garcia Pellejero quién vota a favor del acuerdo; y (ii) votación del resto de accionistas presentes o representados en la Junta General Extraordinaria, la mayoría de los mismos votan, a favor de este.

Como consecuencia del acuerdo de ambos grupos de accionistas, y una vez se produzca la ejecución de la Reducción de capital se procederá a la devolución de las aportaciones al Sr. Francisco Javier García Pellejero, por importe de 75.000 €, siendo este el precio total de adquisición de las acciones propias.

Asimismo, se acuerda facultar al Consejo de Administración de la Sociedad, con expresas facultades de sustitución, para que, antes del 31 de diciembre de 2020, proceda a la ejecución del acuerdo de reducción, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el mismo o que sean consecuencia de él. En particular, y a título meramente ilustrativo, se delegan en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, las siguientes facultades: (i) declarar ejecutada la Reducción de capital, de acuerdo con las reglas establecidas en este acuerdo, así como comparecer ante Notario para otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital; (ii) dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales para que refleje la nueva cifra de capital y el número de acciones en circulación resultantes de la ejecución de la reducción de capital; y (iii) realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para ejecutar y formalizar el presente acuerdo de Reducción de capital ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las correspondientes a la obtención de cualesquiera autorizaciones y consentimientos de terceros a los que viniera obligada la Sociedad, así como las de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad de los precedentes acuerdos, así como la publicación de anuncios, y de todas las comunicaciones que fueran necesarias a tal efecto.

Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar, al amparo de lo establecido en el artículo 249 bis I) de la LSC las facultades a que se refiere este acuerdo."

Madrid, 26 de junio de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, Julio López Torrens.

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