Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "Ley 3/2009"), se hace público que, Greenalia, S.A., el socio único (en adelante, el "Socio Único") de las sociedades Greenalia Industry, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbente"), y la entidad Greenalia Heating & Cooling, S.L.U., (en adelante, "Sociedad Absorbida"), aprobó la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en virtud del acta de decisiones del Socio Único de fecha 2 de julio de 2020.
Dicha fusión, comprende la transmisión en bloque el patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá por cesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Por tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el Socio Único de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 3/2009, resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 3/2009, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por esta ley, al haberse adoptado en Junta Universal por el Socio Único.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se informa expresamente a los acreedores de las sociedades que se fusionan del derecho de oponerse a la fusión en el plazo, en los términos y con los efectos previstos en la mencionada Ley.
A Coruña, 2 de julio de 2020.- El representante persona física del Administrador único, Greenalia, S.A., Manuel García Pardo.
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