Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-4238

ASSITECA BROKER INTERNACIONAL DE SEGUROS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BROSACOR CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 5229 a 5229 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4238

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que Assiteca Broker Internacional de Seguros, S.A. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), en su calidad de socio único de Brosacor Correduría de Seguros, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida"), ha adoptado en Junta General Ordinaria, Extraordinaria y Universal de Accionistas de fecha 20 de julio de 2020 la decisión de aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida con extinción sin liquidación de esta y adquisición por sucesión universal de su patrimonio en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, conforme al procedimiento de fusión regulado en los artículos 23 y siguientes de la mencionada ley.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión por absorción, redactado y suscrito por los administradores de las citadas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 20 de julio de 2020.

Al tratarse de una fusión por absorción de conformidad con el artículo 23.2 LME y de absorción de sociedad íntegramente participada prevista en el artículo 49.1 LME, en que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, no resulta preceptivo (i) incluir en el proyecto de fusión las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME, (ii) los informes de los administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida. Asimismo, por tratarse de un acuerdo de fusión adoptado en Junta universal, por unanimidad, de todos los accionistas con derecho de voto, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley de conformidad con el artículo 42 LME.

No existen ni la Sociedad Absorbente ni en la Sociedad Absorbida titulares de acciones o participaciones sociales de clases especiales, ni existen accionistas o socios que tengan derechos especiales distintos de las acciones o participaciones sociales, ni tenedores de títulos distintos de los representativos de capital en la Sociedad Absorbida a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la Sociedad Absorbente.

De conformidad con el art. 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 LME durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de julio de 2020.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de Assiteca Broker Internacional de Seguros, S.A. (Sociedad Absorbente), Vanessa Díaz Secanell.- El Administrador único de Brosacor Correduria de Seguros, S.L. (Sociedad Absorbida), Tommaso Lucca.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid