Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-483

DISTRIBUCIÓN Y PREFABRICADOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DYPRE HORMIGONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 28, páginas 535 a 535 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-483

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de DISTRIBUCIÓN Y PREFABRICADOS, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada el 16 de enero de 2020, y el socio único de DYPRE HORMIGONES, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida"), con fecha 16 de enero de 2020, han aprobado y decidido, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 10 de enero de 2020 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio de la Sociedad Absorbida que se disuelve sin liquidación, circunstancia que conllevará su extinción.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia de todos ellos y por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4.º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por la Junta General de socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

San Roque (Cádiz), 17 de enero de 2020.- La Secretaria de los Consejos de Administración de Distribución y Prefabricados, S.L., y de Dypre Hormigones, S.L., Sociedad Unipersonal, María de las Mercedes Comino Díaz-Carralero.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid