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Documento BORME-C-2020-503

CAN GASPARÓ, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ANDREIS INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 555 a 555 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-503

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles (en adelante "Ley de Modificaciones Estructurales") se hace público que por decisión unánime de las Juntas generales universales y extraordinarias de las sociedades "CAN GASPARÓ, SOCIEDAD LIMITADA" y "ANDREIS INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA", de fecha 1 de febrero de 2020, se aprobó la fusión por absorción de la entidad "ANDREIS INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA" (Sociedad Absorbida), a favor de la entidad "CAN GASPARÓ, SOCIEDAD LIMITADA" (Sociedad Absorbente).

La fusión de dichas sociedades mediante la absorción por CAN GASPARÓ, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad Absorbente), de ANDREIS INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad Absorbida), se realiza mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, con ampliación del capital social de la sociedad absorbente en la cifra correspondiente, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los por los miembros de los consejos de administración de las sociedades intervinientes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales el acuerdo de fusión se ha adoptado en las juntas generales universales de las sociedades participantes en la escisión parcial sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y sin informe de los administradores, al haberse adoptado por la decisión unánime de los socios tanto de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a solicitar el texto íntegro del acuerdo de fusión aprobado y los balances de fusión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la operación de fusión que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la ley de modificaciones Estructurales.

Ibiza, 3 de febrero de 2020.- El Administrador único de Andrei Inversiones, S.L., Lucas Prats Ribas.- Los Administradores solidarios de Can Gasparó, S.L., Lucas Prat Ribas y Margarita Soriano Guasch.

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