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Documento BORME-C-2020-505

GRUPO INMOBILIARIO CASTELLVI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOCIONES INMOBILIARIAS FORFAX, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 557 a 557 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-505

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio único de la sociedad "GRUPO INMOBILIARIO CASTELLVI, S.L.U." (la "Sociedad Absorbente"), y el Socio único de la sociedad "PROMOCIONES INMOBILIARIAS FORFAX, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida"), ambos en ejercicio de las competencias propias de la Junta General, por acuerdos adoptados en fecha 10 de febrero de 2020, han aprobado la fusión por absorción de las mencionadas sociedades, mediante la absorción de "PROMOCIONES INMOBILIARIAS FORFAX, S.L.U." (Sociedad Absorbida), por parte de "GRUPO INMOBILIARIO CASTELLVI, S.L.U." (Sociedad Absorbente), que adquirirá, por sucesión universal, el patrimonio, así como todos los derechos y obligaciones afectos al mismo de la Sociedad Absorbida que quedará disuelta sin liquidación como consecuencia de la referida operación de fusión, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Todo ello en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto Común de Fusión, suscrito en fecha 22 de enero de 2020 por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, sirviendo como base de la operación el balance de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cerrado a 31 de diciembre de 2019, verificado por el auditor de cuentas en el caso del balance de la Sociedad Absorbente.

La fusión se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones del artículo 49 LME, al ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades partícipes en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, juntamente con el informe de auditoría en el caso de la Sociedad Absorbente, así como, el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades partícipes en la fusión.

Barcelona, 10 de febrero de 2020.- El Administrador único de "Grupo Inmobiliario Castellvi, S.L.U.", Joaquín Castellví Rey.- El Administrador único de "Promociones Inmobiliarias Forfax, S.L.U.", Miguel Fernández Anton.

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