Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las sociedades "Promociones Puerto Lobo, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) y "Asfaltos Guadix, Sociedad Limitada" y "Explotaciones Agrovinícolas Peñas Prietas, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), celebradas el día 3 de septiembre de 2020, acordaron por mayoría la fusión de las mismas, actuando como sociedad absorbente "Promociones Puerto Lobo, Sociedad Limitada" y como absorbidas, las otras dos. Mediante la presente publicación se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, de acuerdo con el artículo 43 de la "Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles". Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.
Granada, 9 de septiembre de 2020.- El Administrador único de Promociones Puerto Lobo, Sociedad Limitada, y de Asfaltos Guadix, Sociedad Limitada, Adrián Contreras Morales, y el Administrador único de Explotaciones Agrovinícolas Peñas Prietas, Sociedad Limitada, Juan Javier Contreras Morales.
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