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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 9 de noviembre de 2020, la Junta General extraordinaria y universal de accionistas de Garatge Central, S.A. (la "Sociedad"), ha aprobado por unanimidad la escisión total de la Sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación, a saber, Garatge Central, S.L., e Iniciativas Inmobiliarias Figueres, S.L. (las "Sociedades Beneficiarias"), en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión de fecha 30 de junio de 2020, depositado en el Registro Mercantil de Girona.
La escisión total implica la disolución sin liquidación de la Sociedad, que se extinguirá, y la consiguiente constitución de las Sociedades Beneficiarias mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad a las Sociedades Beneficiarias, conforme a la distribución establecida en el Proyecto de Escisión, y la atribución de participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias a los accionistas de la Sociedad, en proporción a su respectiva participación en la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado. Por aplicación del régimen simplificado del artículo 78 bis LME no ha sido necesario elaborar un balance de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME
Figueres (Girona), 9 de noviembre de 2020.- El Administrador único, Nima Grup d'Automoció, S.L., a través de su Representante, persona física, Félix Nicolàs Magriñà.
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