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Documento BORME-C-2020-7941

LUIS ESPINOSA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 9588 a 9588 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-7941

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de socios de "LUIS ESPINOSA, S.L.", en su reunión de 24 de noviembre de 2020, en la que estaban presentes socios que representan el 88,11% del capital social, acordó ampliar el capital social en las siguientes condiciones:

1. Desembolso en parte mediante compensación de créditos, en un importe ascendente a 369.000 euros, y en parte mediante aportaciones dinerarias en un importe ascendente a 93.750 euros, de forma que el capital social de la Sociedad pasará, en caso de suscripción completa, a la cifra de 462.750 euros, todo ello mediante la creación de 46.275 nuevas participaciones sociales, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase.

2. Asunción y desembolso: Para el ejercicio del derecho de preferencia, los socios deberán remitir a la Sociedad comunicación en la que pongan de manifiesto su voluntad de asumir las participaciones sociales creadas, y un certificado bancario en el que conste el desembolso del valor nominal de las participaciones sociales asumidas en el siguiente número de cuenta de la Sociedad: CAJA RURAL - ES20 3023 0016 8111 2016 6002.

3. Plazo de asunción: Se concede el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio de la oferta de asunción de las nuevas participaciones en el BORME, de conformidad con lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital. Tras la finalización de este plazo, el órgano de administración podrá declarar cerrada la ampliación de capital en la cifra efectivamente asumida, puesto que se prevé expresamente la posibilidad de asunción incompleta. De no asumirse y desembolsarse totalmente la ampliación de capital acordada en el periodo de asunción y desembolsos indicados, el capital quedará aumentado únicamente en la cuantía de los desembolsos efectuados y asumidas las participaciones por quienes hayan llevado a cabo tales desembolsos. Para ello, el órgano de administración podrá modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, en la medida que sea procedente, de acuerdo con el número de participaciones que se asuman en la ampliación de capital.

4. Derechos Políticos y Económicos: Los mismos que las participaciones de la Sociedad hasta la fecha de celebración de la Junta celebrada el 24 de noviembre de 2020.

Granada, 3 de diciembre de 2020.- El Administrador único, Luis Morenodávila Angulo.

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