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Documento BORME-C-2020-970

SASKI BASKONIA, S.A.D
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
KIROLETAKO BAZKIDEAK, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 49, páginas 1153 a 1153 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-970

TEXTO

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales y disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 2 de marzo de 2020, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de SASKI BASKONIA, S.A.D., acordó la escisión parcial de SASKI BASKONIA, S.A.D., mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio -que forma una unidad económica- consistente en la cartera de participaciones sociales de la entidad AVTIBASK, S.L.U., de la que SASKI-BASKONIA, S.A.D., es propietaria.

La escisión parcial se realiza a favor de la sociedad de nueva creación KIROLETAKO BAZKIDEAK, S.L. Los socios partícipes de la sociedad beneficiaria KIROLETAKO BAZKIDEAK, S.L., serán los mismos accionistas de SASKI-BASKONIA, S.A.D., y se les darán, en los términos acordados en la citada Junta General, participaciones sociales de KIROLETAKO BAZKIDEAK, S.L., en la misma proporción que tienen del capital de SASKI-BASKONIA, S.A.D.

La escisión parcial no conlleva una reducción de capital de la sociedad que se escinde. Dado que, a fecha de hoy, la sociedad que se escinde cuenta con reservas de libre disposición por importe superior al valor del patrimonio que es objeto de escisión SASKI-BASKONIA, S.A.D., disminuirá sus reservas por importe equivalente al patrimonio escindido, sin reducir su capital como consecuencia de la escisión, el cual no sufrirá variación alguna.

La sociedad beneficiaria adquirirá por sucesión universal todos los activos y pasivos asociados a esa unidad económica y en consecuencia todos los derechos y obligaciones, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión.

La escisión se ajusta al Proyecto de Escisión formulado por los consejeros de SASKI BASKONIA, S.A.D., en fecha 10 de octubre de 2019, que fue depositado en el Registro Mercantil de Álava el día 19 de noviembre de 2019. La publicación de dicho depósito en el Boletín Oficial del Registro Mercantil fue realizada el día 29 de noviembre de 2019.

Conforme a lo previsto en el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión parcial, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del resto de documentos exigidos legalmente, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión, corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009.

Vitoria-Gasteiz, 6 de marzo de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de Saski-Baskonia, S.A.D., José Antonio Querejeta Altuna.

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