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Documento BORME-C-2021-1642

AUTOMÁTICOS SALOBREÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MANUEL JERÓNIMO MEDINA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 2163 a 2163 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-1642

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace publico el Acuerdo de Fusión mediante el cual la Sociedad Absorbida "Manuel Jerónimo Medina, S.L.U.", será absorbida por su sociedad matriz, la Sociedad Absorbente "Automáticos Salobreña, S.L." (en adelante el Proyecto de Fusión). El proyecto de Fusión ha sido redactado y suscrito por los Administradores Mancomunados de las Sociedades participantes en la Fusión, en fecha 22 de febrero de 2021. La Fusión por Absorción se realizara mediante la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con aportación de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, la cual se subrogara con carácter universal en la titularidad de todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones, conforme al Balance de fusión de la Sociedad Absorbida cerrado a 31 de diciembre de 2020 y al balance de fusión de la Sociedad Absorbente, cerrado a 31 de diciembre de 2020.

La Fusión se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49, 1 de la LME, al encontrarse la Sociedad Absorbida íntegramente participada por la Sociedad Absorbente. En consecuencia, no resulta necesaria para la Fusión: i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del Articulo 31 de la LME, ii) el aumento de capital social de la Sociedad Absorbente, iii) los informes de los administradores y expertos independientes, ni iv) la aprobación de la Fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la LME, no resulta tampoco necesaria la aprobación de la Fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbente.

Asiste a los accionistas de la Sociedad Absorbente y a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión el derecho a examinar en el domicilio social la siguiente documentación: 1) el Proyecto de Fusión, 2) las cuentas anuales y los informes de gestión de "Automáticos Salobreña, S.L.", de los tres últimos ejercicios, 3) Balance de Fusión de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, así como el derecho a obtener la entrega o envío gratuitos del texto integro de dichos documentos.

Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas de la Sociedad Absorbente que represente, al menos, el 1% del capital social, a exigir la celebración de una Junta General para la aprobación de la Fusión, durante el plazo de quince días a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del Articulo 51 de la LME, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cuyo crédito haya nacido antes de la fecha del deposito del Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Almería, y no estuviera vencido en ese momento, a oponerse a la Fusión, durante un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del artículo 44 de la LME.

Vera (Almería), 30 de marzo de 2021.- Los Administradores mancomunados de Automáticos Salobreña, S.L., y de Manuel Jerónimo Medina, S.L.U., Juan Salvador Hernández Simón y José Pedro Márquez Cano.

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