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Documento BORME-C-2021-2020

VISCOFAN, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
VISCOFAN ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 2622 a 2623 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-2020

TEXTO

Anuncio de Segregación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que con fecha 25 de febrero de 2021, el Consejo de administración de Viscofan, S.A. ("Viscofan" o la "Sociedad Segregada"), como sociedad segregada, y con fecha 24 de febrero de 2021, Viscofan España, S.L.U. ("Viscofan España" o la "Sociedad Beneficiaria"), como sociedad beneficiaria, suscribieron y aprobaron cada uno de ellos, de forma unánime, y entre otros acuerdos, un Proyecto Común de Segregación, en virtud del cual Viscofan segrega una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma, formada por el negocio en España de fabricación y desarrollo de todo tipo de envolturas y films para uso alimentario u otras aplicaciones, así como la producción de energía eléctrica tanto para propio consumo como para la venta de la misma a terceros, y la transmite en bloque por sucesión universal a Viscofan España, que es una sociedad de responsabilidad limitada de nueva creación y unipersonal, la cual adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha actividad. El Proyecto Común de Segregación fue insertado en la página web corporativa de Viscofan (www.viscofan.com) con fecha 26 de febrero de 2021, y depositado en el Registro Mercantil de Navarra con fecha 2 de marzo de 2021. La inserción y el depósito fueron publicados en el BORME de fecha 10 de marzo de 2021 (núm. 47).

Aunque la Sociedad Beneficiaria, Viscofan España, es una sociedad íntegramente participada de forma directa por Viscofan y se aplica el régimen simplificado de segregación previsto en los artículos 78 bis y 49, por remisión de los artículos 73 y 52 de la LME, como consecuencia del hecho de que la unidad segregada constituye un activo o actividad esencial de Viscofan en los términos previstos en el artículo 160 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la Segregación ha sido aprobada por la Junta General de Accionistas de Viscofan de fecha 23 de abril de 2021. Igualmente, la Segregación se ha aprobado por el socio único de la Sociedad Beneficiaria – socio único que, conforme a lo expuesto, es la Sociedad Segregada, Viscofan- constituido en Junta General con fecha 23 de abril de 2021.

El acuerdo de segregación ha sido adoptado en los términos previstos en el Proyecto Común de Segregación y ha sido publicado, con fecha 23 de abril de 2021, en la página web corporativa de Viscofan (www.viscofan.com), con posibilidad de descarga e impresión, junto con la restante documentación relevante de la segregación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de Viscofan y de Viscofan España, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación en el domicilio social de ésta (i.e. Polígono Industrial Berroa, c/ Berroa, 15, 4.ª planta, 31192 Tajonar, Navarra, España), así como el derecho de los acreedores y obligacionistas, cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de publicación de este anuncio y no estuviera vencido en ese momento, a oponerse a la misma, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de la segregación.

Tajonar, 30 de abril de 2021.- El Secretario de los Consejos de Administración de Viscofan, S.A., y de Viscofan España, S.L.U., José Antonio Cortajarena Manchado.

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