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Documento BORME-C-2021-2996

ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 3791 a 3794 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2021-2996

TEXTO

Por decisión del Administrador Único de ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A. (la "Sociedad") se convoca la Junta General Ordinaria de Accionistas (la "JGA"), para su celebración, al amparo de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria ("RD 34/2020") modificado por la disposición final octava del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, por videoconferencia a través de la plataforma ZOOM, a las 13:00 horas del día 22 de junio de 2021, en primera convocatoria, y si no hubiese quórum suficiente, en segunda convocatoria, el siguiente día, 23 de junio de 2021, mediante el mismo medio y misma hora, con el siguiente,

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Memoria, Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujos de Efectivo) e Informe de Gestión de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020.

Segundo.- Aprobación de la aplicación del resultado correspondiente al finalizado el 31 de diciembre de 2020.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión del Administrador único de la Sociedad correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020.

Cuarto.- Aprobación de un nuevo artículo 13.bis de los Estatutos sociales de la Sociedad relativo a la celebración de la Junta de accionistas por medios telemáticos y el voto a distancia.

Quinto.- Otorgamiento, en su caso, de facultades.

Sexto.- Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta General Ordinaria de Accionistas.

Se recuerda a los accionistas que se halla a su disposición ejemplares de las (i) Cuentas Anuales y del Informe de Gestión junto con los respectivos informes de los auditores de cuentas y la declaración de responsabilidad y veracidad sobre el contenido de las Cuentas Anuales; (ii) el informe emitido por el Administrador único en relación con el punto cuarto (4.º) del orden del día; y (iii) las propuestas de acuerdos a adoptar. Los accionistas podrán solicitar el envío, de forma inmediata y gratuita, de los referidos documentos, sin gastos a su cargo. Conforme a lo previsto en el artículo 3.1.a) del RD 34/2020, los accionistas tienen la posibilidad de participar en esta JGA mediante cualesquiera de las siguientes vías (i) asistencia telemática mediante videoconferencia; (ii) representación conferida al Presidente de la JGA por medios de comunicación a distancia; o (iii) voto a distancia a través de medios de comunicación a distancia. Todo ello de conformidad con los términos y condiciones que se indican en la presente convocatoria. ASISTENCIA TELEMÁTICA. Los accionistas que deseen asistir a la JGA por videoconferencia deberán enviar, antes de las 13:00 horas del día 20 de junio de 2021, un correo electrónico a la dirección inversores@artacapital.com, manifestando su deseo de asistir a la JGA junto con una copia de su documento nacional de identidad o su pasaporte. En el caso de que el accionista asistiese representado por un tercero, el accionista deberá remitir, además, (i) una copia de la tarjeta de delegación debidamente cumplimentada; (ii) una copia de su documento nacional de identidad o su pasaporte; y, (iii) una copia del documento nacional de identidad o pasaporte del representante. Si se tratase de un accionista persona jurídica, deberá remitir: (i) una copia del documento nacional de identidad o pasaporte del representante persona física que asistirá en su nombre a la JGA; y (ii) el poder bastante que faculte al mencionado representante para representar al accionista persona jurídica. La Sociedad enviará a los accionistas que hayan comunicado su deseo de asistir a la JGA conforme a lo establecido en el párrafo anterior, las instrucciones y las credenciales necesarias para la conexión al sistema de videoconferencia. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y representación por videoconferencia por razones técnicas o de seguridad. REPRESENTACIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación en otra persona, sea o no accionista de la Sociedad. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para esta JGA, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 187 de la Ley de Sociedades de Capital, a través de medios que garanticen debidamente la identidad de la persona que ejerce su derecho a delegar mediante (i) el envío por correo electrónico de la tarjeta de delegación de voto a la dirección inversores@artacapital.com; o (ii) mediante la presentación por el representante de la tarjeta de delegación el día de la celebración de la JGA. Los documentos que deban acompañar a la tarjeta de delegación se indicarán en la misma. El accionista podrá solicitar de manera gratuita el modelo de la tarjeta de delegación de voto. La delegación que no contenga expresión nominativa de la persona en la que se delega se entenderá conferida al Presidente de la JGA. Si el Presidente de la JGA se encontrase en conflicto de interés respecto de la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la JGA, la representación se entenderá conferida, en relación con dichas propuestas, al Secretario de la JGA, salvo que el accionista haya prohibido dicha sustitución o haya designado a otra persona como representante supletorio para el caso de conflicto de intereses del representante nombrado en primer lugar. En todo caso, la persona que ostente la representación, sea pública o no, no estará incursa en causa de conflicto de interés cuando hubiera recibido instrucciones de voto precisas del accionista representado. El accionista que confiera su delegación al Presidente de la JGA y no hiciera constar instrucciones de voto respecto de los puntos del orden del día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Administrador único, sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades de Capital o a las eventuales situaciones de conflictos de intereses. En este sentido, se hace constar expresamente que, en caso de que el Administrador único fuese nombrado Presidente de la JGA, éste podría encontrarse en situación de conflicto de interés en relación con los puntos tercero (3.º) y quinto (5.º) del orden del día. Asimismo, existirá una situación de conflicto de interés en el supuesto de que se sometan a la JGA asuntos que no figuren en el orden del día adjunto y que se refieran a la separación o a la interposición de una acción social de responsabilidad contra el representante, en el caso de que este a su vez sea Administrador único de la Sociedad. La delegación alcanza a propuestas sobre puntos no contenidos en el orden del día y a propuestas de acuerdo no formuladas por el Administrador único, en cuyo caso el representante votará en el sentido que estime más favorable a los intereses del accionista, en el marco del interés social, salvo que el accionista haya prohibido dicha extensión, en cuyo caso se entenderá que el accionista instruye al representante para que se abstenga. La asistencia personal del accionista a la JGA o el ejercicio del derecho de voto a distancia revocará cualquier voto o delegación que hubiera podido realizar con anterioridad. Asimismo, la delegación será siempre revocable por los mismos medios por los que se hubiera efectuado. VOTO A DISTANCIA. De conformidad con los previsto en el artículo 3.1.a) del RD 34/2020, los accionistas de la Sociedad con derecho a voto que no asistan a la JGA podrán emitir el voto en relación con los puntos del órden del día, con carácter previo a su celebración, a través de medios de comunicación a distancia, siempre que cumplan con los requisitos legalmente exigidos y con los previstos en la presente convocatoria. El accionista podrá solicitar de manera gratuita la tarjeta de voto a distancia, la cual deberán cumplimentar debidamente y firmar a mano para remitirla posteriormente mediante (i) correo postal certificado a Artá Capital, sección Inversores, Plaza del Marqués de Salamanca número 10, 4.º derecha, 28006, Madrid; o (ii) correo electrónico a la dirección inversores@artacapital.com. El accionista deberá indicar correctamente el sentido del voto en relación con cada una de las propuestas de acuerdo sometidas a la JGA, y acompañar los documentos que se indican en la propia tarjeta de delegación de voto. Solamente serán considerados válidos los votos recibidos por la Sociedad en la dirección inversores@artacapital.com con al menos cuarenta y ocho (48) horas de antelación a la celebración de la JGA, en primera convocatoria, no computándose aquellos que sean recibidos con posterioridad. Los accionistas que emitan su voto a distancia en los términos expuestos serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la JGA. El accionista que emite su voto a distancia y no hiciera constar instrucciones de voto respecto de los puntos del orden del día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Administrador único. En caso de transmisión de las acciones cuya titularidad confiere el derecho de voto con posterioridad al inicio del plazo de antelación máximo previsto legalmente a aquél en que haya de celebrarse JGA para disponer de derecho de asistencia a la misma, el voto emitido a distancia quedará sin efecto. El voto emitido a distancia se entenderá revocado por la asistencia a la JGA del accionista que lo hubiera emitido. INFORMACIÓN GENERAL. La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de la falta de disponibilidad de la plataforma de videoconferencia, así como de averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio postal de Correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que dificulten o impidan la utilización de los mecanismos de asistencia telemática y de delegación o voto a distancia. Sin perjuicio de ello, la Sociedad, en estos casos, se reserva el derecho de adoptar las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la JGA si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes.

Madrid, 14 de mayo de 2021.- El Administrador único, Artá Capital SGEIC, S.A.U., representada por, Nicolás Jiménez-Ugarte Luelmo.

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