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Documento BORME-C-2021-3104

UBP ASSET MANAGEMENT (EUROPE), S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
UBP GESTIÓN INSTITUCIONAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 3936 a 3936 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3104

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), aplicables por remisión del artículo 55 de esa misma Ley, se hace público que el socio único de UBP GESTIÓN INSTITUCIONAL, S.A.U. ("Sociedad Absorbida"), y el socio único de la sociedad de nacionalidad luxemburguesa UBP ASSET MANAGEMENT (EUROPE), S.A., société anonyme ("Sociedad Absorbente"), han aprobado con fecha 17 de mayo de 2021 la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida de nacionalidad española por la Sociedad Absorbente de nacionalidad luxemburguesa, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, extinción de su personalidad jurídica y transmisión de su patrimonio en bloque a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión de fecha 27 de noviembre de 2020 debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con los artículos 43 y 66 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, y de los balances de fusión y demás información sobre la fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión transfronteriza, es decir, respecto de la Sociedad Absorbida, a la calle de Ortega y Gasset, 22-24, 28006 Madrid, España y respecto de la Sociedad Absorbente, en 287-289, route d'Arlon, L-1150 Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo. Se hace constar, asimismo, que se ha puesto a disposición de los representantes de los trabajadores y/o de los empleados de ambas sociedades la documentación prevista en el artículo 39 LME.

Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión transfronteriza en los términos del artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 55 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión transfronteriza. Los acreedores podrán obtener, sin gastos, en el domicilio social de cualquiera de las sociedades que participan en la fusión, información exhaustiva sobre las condiciones del ejercicio de sus derechos.

Madrid, 17 de mayo de 2021.- En calidad de Secretario no consejero del Consejo de Administración de UBP Gestión Institucional, S.A.U., Felipe Andrés Leria González.

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