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Documento BORME-C-2021-3504

SMART TECH IBD GLOBAL SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DIID LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN, S.L.U.
DISTRIBUCIÓN DE SISTEMAS DE SEGURIDAD BC ESPAÑA, S.L.U.
IPTECNO SEGURIDAD, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 4414 a 4414 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-3504

TEXTO

El socio único de Smart Tech IBD Global Solutions, S.L.U. (NIF B63904445), de Diid Logística y Distribución, S.L.U. (NIF B39603550), de Distribución de Sistemas de Seguridad BC España, S.L.U. (NIF B87330007), y de IPTecno Seguridad, S.L.U. (NIF B87214474), con fecha 15 de mayo de 2021, ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de DIID Logística y Distribución, S.L.U., Distribución de Sistemas de Seguridad BC España, S.L.U., e IPTecno Seguridad, S.L.U., como Sociedades absorbidas por Smart Tech IBD Global Solutions, S.L.U, como Sociedad Absorbente, con extinción por disolución sin liquidación de DIID Logística y Distribución, S.L.U., Distribución de Sistemas de Seguridad BC España, S.L.U., e IPTecno Seguridad, S.L.U., y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Dado que las Sociedades absorbente y absorbida están íntegramente participadas, directa o indirectamente, por el mismo socio único (Smart Tech IBD Global, S.L., NIF B39883913), es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (por remisión del art.52), no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del Órgano de Administración sobre el proyecto de fusión. Tampoco se produce aumento de capital en la absorbente. Asimismo, por haber acordado la fusión conforme al artículo 42 de dicha Ley, no es precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho art.42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por su socio único y el balance de fusión, así como el derecho que asiste (en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009) a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.

Montornés del Vallés, 17 de mayo de 2021.- Don Joan Ojeda Flores, Administrador Solidario de Smart Tech IBD Global Solutions, S.L.U. .- Don Pedro Joaquín Ortiz Ortiz, Administrador Solidario de Diid Logística y Distribución, S.L.U., y de Distribución de Sistemas de Seguridad BC España, S.L.U., respectivamente .- Don Jordi Bassa Jansana, Administrador Solidario de IPTecno Seguridad, S.L.U.

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