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Documento BORME-C-2021-3712

MARIANO SÁEZ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 4662 a 4663 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2021-3712

TEXTO

La Administradora única de la sociedad, de conformidad a lo establecido en el artículo 11 de los Estatutos sociales y en los artículos 166, siguientes y concordantes del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Sociedades de Capital, convoca a los accionistas de la mercantil Mariano Sáez, Sociedad Anónima, para la celebración de JUNTA GENERAL ORDINARIA y EXTRAORDINARIA, a celebrar el día 28 de junio de 2021, a las 10:00 horas, de conformidad con el art. 8 de los Estatutos sociales y por medios telemáticos como se precisa al final, con arreglo al siguiente,

Orden del día

JUNTA ORDINARIA

Primero.- Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales y del informe de gestión del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2020, de la gestión social y de la propuesta de aplicación del resultado.

Segundo.- Facultar para la ejecución y elevación a público de los acuerdos adoptados al órgano de administración.

Orden del día

JUNTA EXTRAORDINARIA

Primero.- Avance del ejercicio 2021 y exposición de las propuestas de crecimiento de la mercantil, mediante la compra de una parcela colindante con el fin de ampliar las instalaciones y, en su caso, para obtener los fondos necesarios proceder a la venta de las fincas, de Torreagüera, propiedad de la sociedad, n.º 2514, 2516, 2939, 2941, 2512-N y 2510, todas ellas del Registro de la Propiedad n.º 7 de Murcia.

Segundo.- Exposición de las deudas que la sociedad EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS MARIANO SÁEZ CARRASCOY, S.L. mantiene con la mercantil MARIANO SÁEZ, S.A., para que por la Junta General se decida respecto de su exigibilidad inmediata o concesión de plazo y en todo caso sobre la exigencia de constitución de garantías o no respecto de la misma.

Derecho de información: Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la celebración de la Junta o verbalmente durante la misma los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, todo ello en los términos previstos en el artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital. Para aprobación de cuentas: De conformidad con el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho de cualquier socio a obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General, así como el informe de gestión. "Asistencia Telemática": A la vista del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; Del Real Decreto 487/2020 de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma y de los artículos 40 y 41 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y de las modificaciones introducidas en los apartados 1 y 2 del artículo 40 del Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, se celebrará mediante el empleo de medios telemáticos que permitan la conexión en tiempo real con el espacio donde se desarrolle la Junta General (la "asistencia telemática"). El medio telemático será la videoconferencia, que garantizará la identidad de los socios y les permitirá el ejercicio de sus derechos, incluyendo el de intervención y el de voto al tiempo real. LOS SOCIOS QUE NO DISPONGAN DE MEDIOS TELEMÁTICOS, DEBERÁN COMUNICARLO A LA SOCIEDAD a fin de proveer y establecer las medidas necesarias para hacer posible la videoconferencia, facilitando también su correo electrónico donde se le remitirá seguidamente el acta de la Junta. Con carácter previo, el órgano de administración facilitará el procedimiento y pasos a seguir para su acceso a la videoconferencia que podrá realizarse por medio de whatsapp, google duo, facetime, zoom o cualquier otro similiar que los socios mayoritariamente emplee, para lo que se ruega se confirme el medio más empleado por cada uno. Preferentemente se propone videollamada a través de ZOOM para lo que se informa de que si el socio no dispone de los medios técnicos o no sabe utilizarlos, la sociedad pone a su disposición a los empleados de la misma para proveerle un ordenador portátil o dispositivo móvil y para que le permita la asistencia y participación telemática, para lo que se ruega se comunique tal necesidad con suficiente antelación.

Torreaguera-Murcia, 24 de mayo de 2021.- La Administradora única, Ascensión Sáez Sánchez.

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